El 10 de febrero, España anunció la aprobación del Reglamento General de Suministro, Comercialización y Agregación de Energía Eléctrica (Real Decreto 88/2026), regulando por primera vez la figura del agregador independiente.
Este hito normativo marca un avance decisivo en el dinamismo del sistema eléctrico, al reconocer oficialmente un actor clave que permite integrar flexibilidad y facilita la participación activa de consumidores y pequeños productores en el mercado energético.
¿Qué es un agregador? Y ¿Cuál es su función?
Un agregador es un intermediario que agrupa la producción o el consumo de múltiples participantes para operar de forma conjunta en el mercado eléctrico.
En términos prácticos, actúa como un integrador de recursos distribuidos, combinando la energía o la flexibilidad de varios activos para alcanzar la escala necesaria que permita su participación en mercados que, individualmente, resultarían inaccesibles.
El agregador puede:
- Agrupar pequeños productores para comercializar su energía como si procediera de una única instalación de mayor tamaño.
- Agrupar consumidores o activos de almacenamiento para ofrecer servicios de flexibilidad al sistema eléctrico.
- Optimizar recursos distribuidos (demanda flexible, autoconsumo, baterías) en función de señales económicas y operativas.
En periodos de tensión del sistema, como picos de demanda, el agregador responde a las señales del operador del sistema, Red Eléctrica (REE), contribuyendo al equilibrio entre consumo y generación y garantizando la estabilidad de la red.
Con la aprobación de este reglamento, los consumidores podrán contratar libremente los servicios de un agregador sin necesidad de renunciar a su contrato de suministro con su comercializadora, lo que facilita la adopción del modelo y fomenta la competencia.
Próximos pasos
Tras la aprobación del reglamento:
- Red Eléctrica dispondrá de un plazo de dos meses para definir el procedimiento de operación del modelo de agregación.
- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contará con tres meses para adaptar los sistemas de intercambio de información necesarios que permitan la participación efectiva de los agregadores.
- Posteriormente, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) publicará, mediante orden ministerial, el modelo de agregación centralizado, incluyendo los mecanismos de corrección y compensación en las liquidaciones entre agregadores y comercializadoras.
Estos pasos serán fundamentales para asegurar una implementación ordenada y eficaz de la nueva normativa.
Conclusiones
La transición hacia un sistema eléctrico más dinámico, descentralizado y sostenible exige la colaboración de todos los actores: operadores, distribuidores, agregadores, consumidores e industria.
La medida adoptada por el gobierno busca incorporar nuevos recursos de flexibilidad al sistema eléctrico ante la creciente integración de generación renovable y permitir un rol más activo por el lado de los consumidores.
El agregador emerge, así como una figura estratégica: optimiza recursos existentes y reduce costes sistémicos reforzando la estabilidad y competitividad del sistema eléctrico en su conjunto.


