Singularidad Ibérica… Parte 2

El pasado 13 de mayo, unos días después de la publicación de nuestra Newsletter: La Singularidad Ibérica, el gobierno español aprobó finalmente en consejo de ministros extraordinario el decreto que legisla el límite del precio del gas en España. Aunque su puesta en aplicación depende de su aprobación definitiva por la Comisión Europea, la cual puede aún tardar varios días, desde HES hemos querido señalar los puntos claves de este Decreto:

  • Como se preveía, las medidas excepcionales tendrán una duración de 12 meses desde la fecha de inicio del mecanismo de ajuste.
  • Se define un mecanismo de ‘ajuste’ del precio de las ofertas de la generación fósil calculada a partir de un precio de referencia del gas natural, que variará en el tiempo. A todos los generadores fósiles se les compensa por igual según su producción realizada. Esta compensación se calculará como la diferencia entre el precio spot del gas y un valor de referencia.

  • El ajuste (la subvención) es soportada por los consumidores finales en función de su participación en el mercado spot. En concreto, el sobrecoste del ajuste es repartido proporcionalmente entre las adquisiciones en el spot descontando las coberturas realizadas con anterioridad al 26 de abril.

Las consecuencias son múltiples:

  • Las ofertas de los productores fósiles internalizarán esta ‘subvención’ en el coste del gas. Como el resto de los factores que conforman la oferta no cambiarán, el orden de mérito no debería cambiar.
  • Lo que si cambiará es el precio final de casación, el precio mayorista, que bajará. En consecuencia, disminuirán los ingresos de los productores. Para las centrales marginales (los generadores fósiles) la bajada no tiene efecto alguno, siguen ganando lo mismo. Por el contrario, los productores no fósiles (nuclear, hidráulica y renovables en general) serán los grandes perdedores del mecanismo perdiendo parte del margen del que disfrutan en la actualidad.
  • En contraparte, los ganadores evidentes son los clientes suministrados a precio spot y PVPC, que percibirán la bajada de precio de la electricidad de forma inmediata y directa, aunque deberán soportar el coste del ajuste (que es mucho menor que el beneficio que obtienen por la bajada del precio mayorista).
  • Cabe señalar que el Decreto prevé cambios estructurales que fortalecen el sistema eléctrico español como potenciar una mayor liquidez en los mercados de futuro y una mayor participación en estos de los generadores renovables, cogeneradores y residuos; y la modificación de la metodología de cálculo del PVPC para evitar la exposición al mercado de los consumidores más frágiles.

Antonio Haya & Manuel Domínguez León